Seguros

Desde el 1 de julio de 1999, es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para las embarcaciones de recreo, incluyendo las motos náuticas, según aparece regulado en el RD 607/1999, de 16 de abril. El seguro obligatorio tiene por objeto cubrir la responsabilidad civil derivada de los daños materiales y personales, así como perjuicios que sean consecuencia de ellos, que por culpa o negligencia se causen a terceros, al puerto o a las instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en la mar. 

En BERMAR Asesores Náuticos le ofrecemos la posibilidad de contratar un seguro completo y flexible acorde a sus necesidades y las de su embarcación, a fin de que disfrute de ella con total tranquilidad y siempre en las mejores condiciones.

 

CONDICIONES ESPAÑOLAS

Particularmente interesante para embarcaciones de pequeñas y medianas esloras, tanto a vela como a motor. 

INSTITUTE YACHT CLAUSES

Especialmente destinado para embarcaciones de gran tamaño que viajan a otros países.

 

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